Juez acepta medida de aseguramiento a 8 personas por desmanes en bloque Cubiro de empresa Frontera Energy

El juez primero penal de Yopal  que actuó  como juez de garantías, en el caso de las 8 personas, que se les legalizó su captura,  se les imputó cargos, por varios delitos por parte de la fiscalía 135 Eda, les impuso medida intramural y detención domiciliaria a otras.

La situación se presenta, por los desmanes y en los cuales un integrante del smad fue arrastrado y se produjeron otros hechos como el bloqueo de vías y otras acciones consideradas como vandálicas, en zona del bloque Cubiro, de petróleo que es operada por la empresa Frontera Energy.

El caso del cual hizo referencia, en rueda de prensa el comandante encargado de la Brigada 18 coronel  Wilson Cardozo  quien recordó que en el año 2016 un jinete desde su caballo enlazó y arrastró a un integrante del Smad, causándole graves lesiones, que hicieron temer por su vida, además de continuas acciones en contra de las empresa petroleras del sector.

Entre los capturados a los que se les impuso de medida de aseguramiento en centro carcelario están el líder de la protesta Ferney Salcedo Gutiérrez, Jesús Leal Salcedo, Jorge  Rincón Duarte y Gerónimo Salcedo Betancourt.

Quienes quedaron con medida de aseguramiento en sus residencias, se encuentran  la esposa de Ferney Salcedo, Yuliber Leal Oroz , Miguel Angel Rincón Gutiérrez, Carmen Hilaira Salcedo y María Teresa Rincón.

El juez consideró que la medida era necesaria para evitar que se afectara la investigación

Tanto la fiscalía, como los abogados de la defensa, apelaron la decisión porque ambos por su lado quedaron inconformes con la decisión.

El proceso se va ante el juez penal del circuito, para que defina la apelación y finalmente se determine la situación legal, en que queden estas personas.

El abogado defensor de varios de los detenidos, Jorge Cortez Colmenares, consideró que la fiscalía, tiene una posición muy carcelera y quiere ver a todas las personas privadas de la libertad.

Precisó que presentó algunos argumentos, al juez y algunos fueron tenidos encuenta pero otros no, por lo que precisamente apeló la decisión dada por el juez de garantías.

Lamentó Jorge Cortez que la defensa no ha tenido tiempo suficiente para controvertir las pruebas, que presentó la fiscalía, que, si duró más de un año con material documental, e interceptando llamadas telefónicas los dirigentes sociales, que han participado en estas protestas con Frontera Energy.

La defensa controvirtió la detención preventiva de estos ciudadanos, con varios argumentos, entre los que se encuentran, el hecho de que  no se comparta la idea que los residentes en veredas como El Tigre, Platanales no  conformaron ninguna banda criminal o un concierto para delinquir, como lo dice la Fiscalía y lo pregonan las autoridades militares y de policía.

Señala el abogado Jorge Cortez, que existen  personas, que tienen diferencias, con las petroleras y han hecho reclamaciones justas en aspectos ambientales, laborales y sociales en general.

Precisa el abogado defensor que estas protestas no se pueden criminalizar.

Explica que la protesta social es un derecho fundamental enmarcado, en articulo 37 de la constitución nacional.

Agrega Cortez que es lógico que cuando no se arreglan estas protestas con el diálogo y la ejecución cumplimientos de los requerimientos comunitarios, se genera protestas que se desbordan y generan hechos violentos.

La fiscalía contaba con un testigo protegido, cuya identidad no se conoció, por parte de los asistentes a estas audiencias, que tomaron  tres días, en el juzgado, por lo que la defensa se muestra contraria a este tipo de testigos.

Sostiene Jorge Cortez, que este tipo de testigos solo operan, para los registros de allanamientos, pero no para  resolver medidas de aseguramiento, por lo que se apeló la determinación del juez.

Los delitos por los cuales se vinculan a estas personas en esta investigación son, concierto para delinquir agravado, obstrucción a vías públicas, violencia, contra servidor público lesiones personales y tentativa de homicidio.