HORO fija posición frente a caso de jóven que requiere atención especializada

Si bien la información clínica, el diagnóstico y el criterio médico transmitidos fueron pertinentes y acordes con el procedimiento médico a seguir, reconocemos que la forma en que presuntamente fueron comunicados no habría sido la adecuada, ni correspondería a los estándares de trato humanizado que exigimos a todos nuestros profesionales. De antemano, ofrecemos nuestras más sinceras disculpas por la situación que generó inconformidad y malestar.

Respecto a la situación clínica del paciente, se trata de un hombre de 21 años con antecedente de trauma craneoencefálico severo ocurrido el 10 de marzo de 2026, el cual requirió manejo médico e intubación orotraqueal por más de una semana en otra institución de salud. Posteriormente, presentó un cuadro de disnea, inicialmente manejado en un centro de primer nivel.

El paciente consultó por primera vez al servicio de Urgencias del HORO el 19 de junio de 2026, donde fue diagnosticado con estenosis glótica, condición que requirió manejo mediante traqueostomía. Durante un nuevo ingreso a la institución, el 3 de julio de 2026, por síntomas asociados, se realizaron estudios imagenológicos especializados de cuello, los cuales confirmaron la adecuada posición de la cánula de traqueostomía y la presencia de la estenosis glótica.

En esa oportunidad fue valorado y manejado por los servicios de Cirugía General y Otorrinolaringología. Al momento de su egreso, el 4 de julio de 2026, se emitió orden de remisión ambulatoria para valoración por Cirugía de Cabeza y Cuello. Posteriormente, el paciente reingresó al HORO el 10 de julio de 2026 por presentar tos, sensación de ahogo y deseo de retirarse la cánula de traqueostomía. Durante esta hospitalización recibió manejo médico integral, valoración por el servicio de Cirugía General y ampliación de estudios imagenológicos. Como parte de su atención, se inició el trámite de remisión intrahospitalaria para valoración por Cirugía de Cabeza y Cuello.

No obstante, tras la evolución clínica del paciente, la valoración realizada por los especialistas tratantes y el análisis efectuado en junta médica se concluyó que el paciente requiere valoración por Cirugía de Cabeza y Cuello para la planeación de un procedimiento reconstructivo; sin embargo, de acuerdo con su condición clínica actual, dicha valoración y el manejo posterior pueden realizarse de forma ambulatoria.

En consecuencia, el día de hoy 22 de julio de 2026, se brindó información al paciente y a su familiar sobre el diagnóstico, la conducta médica definida y la necesidad de coordinar, a través de su EPS, la atención por consulta externa con la especialidad de Cirugía de Cabeza y Cuello, así como el suministro de los insumos requeridos para el manejo de la traqueostomía de manera ambulatoria.

El HORO es una institución de mediana complejidad para la atención de patologías agudas y subagudas. De acuerdo con el criterio médico vigente y la evolución clínica del paciente, este no cumple criterios de hospitalización; por tanto, mantenerlo en este servicio incrementa el riesgo de infecciones asociadas a la atención en salud.

En consecuencia, la continuidad de su manejo debe realizarse de forma ambulatoria. No obstante, ante la negativa del paciente y su familia de aceptar el egreso, la institución continúa prestando la atención requerida mientras se gestiona la respuesta de la EPS.

Así mismo, los  voceros del HORO  hicieron  un llamado al respeto. Ya que han evidenciado que, tras la publicación realizada en redes sociales, en la que se menciona el nombre del especialista, se han generado comentarios y mensajes que atentan contra la integridad personal y profesional del contratista.

Por esta razón, las directivas y todo el equipo de profesionales del Hospital Regional de la Orinoquía E.S.E. rechazan de manera categórica cualquier tipo de amenaza, estigmatización o acto de violencia contra su  personal de salud.

Se entiende  la inconformidad manifestada y, por ello, activan de manera inmediata los canales institucionales correspondientes para la atención del caso.

Sin embargo, la protección de la dignidad, la integridad y la seguridad de todas las personas —usuarios, familiares y trabajadores— constituye un principio institucional irrenunciable.

De igual manera, han iniciado las actuaciones administrativas correspondientes, dentro del marco del debido proceso, con el fin de revisar y analizar lo ocurrido.